Sobretasa Renta

SOBRETASA IMPUESTO DE RENTA : CARACTERÍSTICAS **

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DIAN Nº 055806 JULIO 23 DE 2007

Señora
DENISSE JOHANNA VARGAS GÓMEZ
Bogotá

TEMA: SOBRETASA
DESCRIPTORES: VIGENCIA.

De conformidad con el artículo 11 del decreto 1265 de 1999, y el artículo 10 de la resolución 1618 de 2006, es función de esta División absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional; en tal sentido se da respuesta a su consulta.

Solicita en su escrito se le precise si la sobretasa al impuesto sobre la renta debe ser liquidada y pagada por el año gravable 2006, considera que el articulo 78 de la ley 1111 de 2006, no hizo aclaración respecto a la derogatoria del numeral 11 del articulo 260 del estatuto Tributario, en cuanto que sólo operaba a partir del 1 de enero de 2007, la intención del legislador fue la de derogar la sobretasa en lo que respecta al año gravable de 2006, pues no tiene otra explicación diferente, ya que de acogerse el planteamiento expuesto en la circular 0009, la intención y decisión del Legislador, quedaría en letra muerta por obra y gracia de la DIAN.

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