Dian - Renta

ESCISIÓN : NATURALEZA Y EFECTOS JURÍDICOS **

Conceptos-Oficios-Dian | Fusión - Escisión | Dian - Renta

 

DIAN Nº 061757 AGOSTO 13 DE 2007

Señor
FRANCISCO VERGARA GARULLA
Bogotá


Solicita usted se le indique, cuál es la suma que por efecto de la "exención descrita en el artículo 14-2" del Estatuto Tributario ha dejado de percibir el Estado Colombiano desde el 30 de junio de 1992. 

Me permito manifestarle, que el tratamiento impositivo consagrado en el artículo 14-2 citado, en el régimen tributario Colombiano y específicamente por lo dispuesto en el artículo 26 del Estatuto Tributario que prevé el mecanismo de determinación, no corresponde a una exención, en cuanto técnicamente éstas -las exenciones- son factores de depuración de la renta líquida para determinar la renta gravable que es la base del cálculo del impuesto.

DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN ACTIVOS FIJOS REALES PRODUCTIVOS - FIDUCIA - LEASING **

Conceptos-Oficios-Dian | Activos Fijos | Beneficios Tributarios | Deducciones | Leasing | Dian - Renta

 

DIAN Nº 061758 AGOSTO 13 DE 2007

Doctor
FEDERICO RENGIFO VÉLEZ
Presidente Asociación de Fiduciarias Calle
Bogotá D.C.

TEMA:                                 Impuesto sobre la renta y complementarios
DESCRIPTORES:             Deducción por adquisición de activos fijos reales productivos FUENTES FORMALES:     E.T. ART. 158-3, 102 Decreto 1766 de 2004

Solicita reconsideración del concepto 74781 del 2 de noviembre de 2004, según el cual no procede la deducción especial consagrada en el artículo 158-3 del Estatuto Tributario por la adquisición de activos fijos reales productivos, cuando una vez efectuada la inversión los activos objeto de la misma son transferidos por el contribuyente, en virtud de un contrato de fiducia mercantil.

RENTA LÍQUIDA GRAVABLE POR ACTIVOS OMITIDOS O PASIVOS INEXISTENTES **

Conceptos-Oficios-Dian | Renta Gravable | Sanciones | Dian - Renta | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 061064 AGOSTO 09 DE 2007

Doctora
SUSANA ARENAS PÉREZ
Administradora de Impuestos Barrancabermeja
Barrancabermeja (Santander)

TEMA:                              IMPUESTO SOBRE LA RENTA
DESCRIPTORES:          RENTA LIQUIDA GRAVABLE POR ACTIVOS OMITIDOS O 
                                         PASIVOS INEXISTENTES.
FUENTES FORMALES: ESTATUTO TRIBUTARIO ARTÍCULOS 239-1 Y 649 TRANSITORIO

BENEFICIOS APORTES VOLUNTARIOS FONDOS PRIVADOS DE PENSIONES - RETIRO CUENTAS AFC

Conceptos-Oficios-Dian | Asalariados | Beneficios Tributarios | Ingresos | Dian - Renta

 

DIAN Nº 060221 AGOSTO 03 DE 2007

Señor
FRANCISCO PARDO
Bogotá, D. C.


En la comunicación de la referencia consulta sí el artículo 67 de la Ley 11.11 de 2006 se encuentra reglamentado, tema sobre el cual le informo que el Gobierno Nacional mediante los artículos 7° y 8 del Decreto 379 del 12 de febrero de 2007 reglamentó el artículo 67 de la Ley 1111 de 2006.

ARTICULO 7. Adicionase el artículo 1 del Decreto 2005 de 2001, con el siguiente inciso:

"Igualmente, los retiros de las cuentas de ahorro para el fomento de la construcción "AFC" antes de que transcurran cinco (5) años contados a partir de la fecha de su consignado serán considerados ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional para el trabajador, cuando se destinen a la adquisición de vivienda sin financiación, siempre que en este último caso se cumplan las siguientes condiciones:

COMPONENTE INFLACIONARIO - INGRESOS POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS - DEDUCCIÓN GASTOS FINANCIEROS **

Conceptos-Oficios-Dian | Deducciones | Ingresos | Dian - Renta

 

DIAN Nº 059867 AGOSTO 03 DE 2007

Señor
JAIME SALCEDO RAMÍREZ
Jefe de Contabilidad
Suprapak S.A.

TEMA:                                  IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
DESCRIPTORES.               COMPONENTE INFLACIONARIO
                                             INGRESOS POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS
                                             DEDUCCIÓN DE GASTOS FINANCIEROS
FUENTES FORMALES:       ESTATUTO TRIBUTARIO, ARTS. 38, 39, 40, 40-1, 41, 81 
                                             Y 118 LEY 1111 DE 2006, ARTS. 68 Y 78

SANCIONES POR NO EFECTUAR CAMBIO DE RÉGIMEN SIMPLIFICADO A COMÚN - MOMENTO DE EFECTUAR RETENCIÓN **

Conceptos-Oficios-Dian | Causación | Pérdidas | Régimen Simplificado | Sanciones | Dian - Renta | Dian - IVA | Dian - Retención IVA

 

DIAN Nº 058112 JULIO 30 DE 2007

Señor
MARÍA ALICIA SARMIENTO M.
Bogotá D.C


De conformidad con el artículo 11 del decreto 1265 de 1999, y el artículo 10 de la resolución 1618 de 2006, es función de este despacho absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional; en tal sentido se da respuesta a su consulta.

Consulta cuál es la sanción a imponer, por no efectuar el cambio de régimen simplificado al común estando obligado a ello.

El responsable del régimen simplificado pasará a ser responsable del régimen común a partir de la iniciación del periodo inmediatamente siguiente a aquel en el cual deje de cumplir los requisitos para pertenecer al régimen simplificado.

EXENCIONES : CONVENIO GENERAL CON LA COMUNIDAD EUROPEA

Conceptos-Oficios-Dian | Exenciones | Dian - Renta

 

DIAN Nº 057807 JULIO 27 DE 2007

Señor
ALBERTO BOADA RODRÍGUEZ
Director Nacional del Proyecto Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Bogotá D.C.


Con ocasión de la respuesta a la consulta formulada el día el 27 de noviembre de 2006, relacionada con el impuesto de timbre en contratos ejecutados con recursos donados, cuya respuesta fue remitida mediante Oficio No. 108085 del 27 de diciembre de 2006 por la División de Relatoría de la Oficina Jurídica, se remite una nueva solicitud, sobre del tratamiento de las exenciones establecidas a través de Convenios Internacionales suscritos por Colombia.

Al respecto, consulta si es posible aplicar por analogía el Concepto No. 030306 de mayo 20 de 2005 a los Convenios suscritos con la Comunidad Europea, y además si existe algún Convenio general con la Comunidad Europea que contemple la exoneración de impuestos, en especial del impuesto de timbre que pagan los contratistas en desarrollo de la ejecución de los recursos donados, y de ser así, si éste contempla el Convenio de Financiación objeto de consulta.

RENTA EXENCIONES : DONACIONES DE GOBIERNOS EXTRANJEROS - REQUISITOS

Conceptos-Oficios-Dian | Exenciones | Dian - Renta

 

DIAN Nº 057806 JULIO 27 DE 2007

Señora
LUZ ELENA DUQUE ÁLZATE
Medellín, Antioquia

TEMA:                             OTROS TEMAS.
DESCRIPTORES:          EXENCION - DONACIONES DE GOBIERNOS EXTRANJEROS.


Conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

ACTIVOS FIJOS Y PATRIMONIO - PERMANENCIA COMO FACTOR DE UTILIDAD O GANANCIA OCASIONAL

Conceptos-Oficios-Dian | Activos Fijos | Ganancia Ocasional | Patrimonio | Dian - Renta

 

DIAN Nº 057803 JULIO 27 DE 2007

Doctora
BEATRIZ VARGAS NAVARRO
Notaría Dieciséis del Círculo de Bogotá
Bogotá, D.C


TEMA:                                IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
DESCRIPTORES:             ACTIVOS FIJOS
FUENTES FORMALES:    ESTATUTO TRIBUTARIO, ARTS. 60, 179, 300 y 398
                                            DECRETO REGLAMENTARIO 2509 DE 1985, ART. 9°

INGRESOS DE FUENTE NACIONAL . DACIÓN EN PAGO - RENTA VITALICIA - DONACIÓN - PERSONAS NATURALES JURÍDICAS EXTRANJERAS

Conceptos-Oficios-Dian | Ingresos | Persona Natural | Dian - Renta

 

DIAN Nº 056484 JULIO 25 DE 2007

Señor
CARLOS A. ESCOBAR G.
Bogotá D.C


Solicita se de respuesta a varios interrogantes referidos a una sociedad extranjera que se obligó a pagar, a una persona natural, una renta vitalicia en los términos del artículo 2287 del Código Civil, así como sobre aspectos relativos a una dación en pago y la cesión de un derecho litigioso.

Es necesario precisar que la competencia de este despacho radica en la interpretación general y abstracta de las normas tributarias de carácter nacional, al tenor de lo previsto en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, en concordancia con el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, sentido en el cual se atiende su consulta.

PRECIOS DE TRANSFERENCIA : SANCIONES -

Conceptos-Oficios-Dian | Precios Transferencia | Dian - Renta

 

DIAN Nº 055943 JULIO 23 DE 2007

Doctor
PEDRO ENRIQUE SARMIENTO PÉREZ    
Bogotá, D.C.


De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 del 22 de febrero de 2006,   este Despacho es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional. En este sentido se emite el presente concepto.

Problema No. 1

TEMA.                                     Impuesto sobre la Renta y Complementarios
DESCRIPTORES:                  PRECIOS DE TRANSFERENCIA - SANCIONES
FUENTES FORMALES:         Estatuto Tributario, Art. 260-10
                                                Ley 962 de 2005, Art. 43
                                              Circular 118 del 7 de octubre de 2005

OBLIGATORIEDAD PRECIOS DE TRANSFERENCIA - RÉGIMEN RENTA E IVA - INGRESOS

Conceptos-Oficios-Dian | Causación | Hecho Generador | Ingresos | Precios Transferencia | Dian - Renta | Dian - IVA

 

DIAN Nº 055942 JULIO 23 DE 2007

Señora
NELLY JARAMÍLLO TAMAYO
Medellín - Antioquia.

TEMA:                             IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
                                        IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
DESCRIPTORES:         HECHOS QUE NO GENERAN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS 
                                        INGRESOS DE FUENTE EXTRANJERA
                                        PRECIOS DE TRANSFERENCIA
FUENTES FORMALES: ESTATUTO TRIBUTARIO, ARTS. 12, 24, 260-1, 260-4, 260-8
                                        CÓDIGO DE COMERCIO, ART. 261
                                        DECRETO REGLAMENTARIO 4349 DE 2004

SOBRETASA IMPUESTO DE RENTA : CARACTERÍSTICAS **

Conceptos-Oficios-Dian | Sobretasa Renta | Dian - Renta

 

DIAN Nº 055806 JULIO 23 DE 2007

Señora
DENISSE JOHANNA VARGAS GÓMEZ
Bogotá

TEMA: SOBRETASA
DESCRIPTORES: VIGENCIA.

De conformidad con el artículo 11 del decreto 1265 de 1999, y el artículo 10 de la resolución 1618 de 2006, es función de esta División absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional; en tal sentido se da respuesta a su consulta.

Solicita en su escrito se le precise si la sobretasa al impuesto sobre la renta debe ser liquidada y pagada por el año gravable 2006, considera que el articulo 78 de la ley 1111 de 2006, no hizo aclaración respecto a la derogatoria del numeral 11 del articulo 260 del estatuto Tributario, en cuanto que sólo operaba a partir del 1 de enero de 2007, la intención del legislador fue la de derogar la sobretasa en lo que respecta al año gravable de 2006, pues no tiene otra explicación diferente, ya que de acogerse el planteamiento expuesto en la circular 0009, la intención y decisión del Legislador, quedaría en letra muerta por obra y gracia de la DIAN.

CONTRIBUYENTES CON RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL - OBLIGACIONES ENTIDADES NO CONTRIBUYENTES

Conceptos-Oficios-Dian | Declarante - Contribuyente | Entidad sin ánimo lucro | No Contribuyentes | Régimen Tributario Especial | Dian - Renta

 

DIAN Nº 055805 JULIO 23 DE 2007

Señora
NINI GRANADILLO GÓMEZ
Bogotá, D.C.

TEMA:                        Impuesto sobre la renta y complementarios
DESCRIPTORES:    Contribuyentes con régimen tributario especial y
                                   Entidades no contribuyentes, del Impuesto sobre la renta


Sea lo primero manifestar que esta Oficina es competente para resolver las consultas en sentido general y abstracto que se presenten con respecto a la interpretación y aplicación de las normas relativas a los impuestos del orden nacional a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con las prescripciones del articulo 10 de la resolución No. 1618 de 2006, en concordancia con el artículo 11° del Decreto 1265 de 1999.

CONSORCIOS - UNIONES TEMPORALES : OBLIGACIONES - RUT **

Conceptos-Oficios-Dian | Consorcios - Unión Temporal | RUT | RUT | Dian - Renta | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 055804 JULIO 23 DE 2007

Señor
PEDRO ANTONIO LÓPEZ RAMOS
Bogotá D.C.

Consulta si es necesario inscribirse en el RUT cada vez que se constituye una unión temporal o si un mismo RUT se puede utilizar para el cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de uniones temporales conformadas por las mismas personas pero para la presentación de diferentes propuestas para la adjudicación, celebración y ejecución de contratos con objetos diferentes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

LICENCIAS PROGRAMAS DE COMPUTADOR - RÉGIMEN RENTA E IVA - INTANGIBLES **

Conceptos-Oficios-Dian | Base Gravable | Ingresos | Ingresos | Ingresos Exterior | Otros | Pagos al Exterior | Renta Gravable | Servicios | Servicios | Dian - Renta | Dian - Retención | Dian - IVA

 

DIAN Nº 054648 JULIO 18 DE 2007

Señor
BERNARDO MÁRQUEZ
Bogotá, D.C.


TEMA:                                IMPUESTO A LAS VENTAS
                                           IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
DESCRIPTORES:             INGRESOS DE FUENTE EXTRANJERA
                                           INGRESOS DE FUENTE NACIONAL
                                           RETENCIÓN EN LA FUENTE
                                           SERVICIOS NO GRAVADOS
FUENTES FORMALES:    ESTATUTO TRIBUTARIO, ARTS. 12, 24 Y 420

DESCUENTO EN RENTA DEL IVA PAGADO EN IMPORTACIÓN DE MAQUINARIA

Conceptos-Oficios-Dian | Descuentos Tributarios | Impuesto Descontable | Dian - Renta | Dian - IVA

 

DIAN Nº 052671 JULIO 12 DE 2007

Señora
BIBIANA GARCÍA POVEDA
Bogotá D.C.

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este Despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Se solicita la reconsideración del Concepto No. 070217 de octubre 28 de 2002, con el fin de que se aclare que en la determinación de la renta del periodo, es procedente descontar el IVA pagado en la importación temporal de maquinaria pesada para la industria básica que se produzca en el país.

CAUSACIÓN DE COSTOS Y DEDUCCIONES

Conceptos-Oficios-Dian | Costos | Deducciones | Renta Gravable | Dian - Renta

 

DIAN Nº 048572 JUNIO 28 DE 2007

Doctor
ALFONSO DE MARES COLOM
Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica S.A
Barranquilla (Atlántico)

TEMA:                                   IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
DESCRIPTORES:                CAUSACIÓN DE LOS COSTOS CAUSACIÓN DE LAS
                                               DEDUCCIONES
FUENTES FORMALES:        ESTATUTO TRIBUTARIO, ARTÍCULOS 77, 89, 107,142, 144
                                               Y 771-2
                                                DECRETO 2649 DE 1993. DECRETO 2650 DE 1993.
                                              RÉGIMEN DE CONTABILIDAD PÚBLICA - RESOLUCIÓN 222
                                             DE 2006 DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

VALOR BASE DEDUCCIÓN ADQUISICIÓN ACTIVOS FIJOS REALES PRODUCTIVOS

Conceptos-Oficios-Dian | Deducciones | Dian - Renta

 

DIAN Nº 047264 JUNIO 25 DE 2007

Señora
CLAUDIA XIMENA SANTA H.
Cali (Valle)

Conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Solicita información sobre la deducción especial contenida en el artículo 158-3 del Estatuto Tributario, cuando se adquiere una maquina en el exterior para desarrollar su actividad productora de renta, mediante un contrato de leasing suscrito en diciembre de 2006 cuya entrega se produjo en enero de 2007, tema sobre el cual le anexo copia del Oficio No.040598 de 2007 que constituye doctrina vigente.

UTILIDAD EN LA VENTA DE CASA O APARTAMENTO DE HABITACIÓN

Conceptos-Oficios-Dian | Costo Fiscal | Declaración Renta | Renta Gravable | Dian - Renta

 

DIAN Nº 045951 JUNIO 20 DE 2007

Doctor
ALVARO ROJAS CHARRY
Bogotá D.C.

TEMA:                                   IMPUESTO SOBRE LA RENTA
DESCRIPTORES:                UTILIDAD EN LA VENTA DE CASA O 
                                              APARTAMENTO DE HABITACIÓN
FUENTES FORMALES:       ESTATUTO TRIBUTARIO ARTÍCULOS 44, 398 Y 399

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