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CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA : CONTRIBUCIÓN ESPECIAL

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DIAN Nº 054009 JULIO 16 DE 2007

Señor
CARLOS ANDRÉS SÁNCHEZ GARCÍA
Bogotá, D.C.


De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este Despacho es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional.

Para efectos de aplicación de la contribución especial por contratos de obra pública, se consulta si se considera como "contrato de obra pública", en los términos previstos en la Ley 80 de 1993, aquel contrato celebrado por una entidad financiera de carácter estatal, cuando éste es celebrado como parte del giro ordinario de sus negocios, o por el contrario se considera como un "contrato de obra" o de "arrendamiento de obra", en los términos señalados en el Código Civil.

POTESTAD REGLAMENTARIA EN CABEZA DEL GOBIERNO NACIONAL

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DIAN Nº 045356 JUNIO 15 DE 2007

Señor
JORGE ERNESTO PRIETO MÉNDEZ
Bogotá, D.C.


TEMA:                                      PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
DESCRIPTORES:                   POTESTAD REGLAMENTARIA
FUENTES FORMALES:          PARÁGRAFO ADICIONADO POR EL ARTÍCULO 64 DE LA
                                                 LEY 1111 DE 2006 AL ARTÍCULO 580 DEL E.T. ARTÍCULO
                                                 189, NUMERAL 11 DE LA C.P.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

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DIAN Nº 043603 JUNIO 12 DE 2007

Doctor
JUAN MARTÍN CAICEDO FERRER
Presidente Ejecutivo
Cámara Colombiana de la Infraestructura
La Ciudad


En atención a su comunicación C. 11863 de fecha 28 de mayo del año en curso, dirigida al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público y al Director General de la Dirección de, Impuestos y Aduanas Nacionales, en la que expresa una preocupación del sector de la infraestructura en relación con la base gravable del IVA aplicable a los contratos de consultoría, de manera atenta me permito hacer los siguientes comentarios:

En primer término es importante precisar, que no se encuentra dentro de la órbita de competencia del Gobierno Nacional hacer uso del poder reglamentario para establecer una base gravable diferente a la consagrada legalmente para los contratos de consultoría, considerando que las normas tributarias deben sujetarse a un marco legal constituido en primer término por los principios constitucionales rectores del sistema tributario, dentro de los que se destaca el principio de legalidad consagrado en el artículo 338 de la Constitución Política, en virtud del cual la facultad impositiva, en tiempos de paz, se otorga únicamente al Congreso, a las Asambleas Departamentales, y a los Concejos Distritales y Municipales, organismos que deben desarrollarla observando los principios y limitaciones que la misma Constitución Política les impone.

CERTIFICACIONES CUOTA DE FOMENTO PORCÍCULA

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DIAN Nº 043074 JUNIO 08 DE 2007

Doctora
PAULA ANDREA GARAVITO GUARIN
Bogotá D.C


En atención a su solicitud de concepto jurídico sobre la vigencia legal y término de prescripción de las certificaciones relacionadas con la cuota de fomento porcícola, le manifiesto lo siguiente:

Este despacho es competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen en relación con la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos del orden nacional, administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y la inquietud formulada recae sobre la regulación de una contribución parafiscal creada para el fomento del sector porcino.

CONTRIBUCIÓN ESPECIAL CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA BANCO DE LA REPÚBLICA

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DIAN Nº 036803 MAYO 17 DE 2007

Señor
JOAQUÍN BERNAL RAMÍREZ
Banco de la República
Bogotá DC

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional.

Se consulta si por la modificación al hecho generador de la contribución especial por contratos de obra pública, efectuada por el artículo 6° de la Ley 1106 de 2006, los contratos de obra suscritos con el Banco de la República quedan sometidos a este tributo.

RECOMPENSAS POR DENUNCIAS POR EVASIÓN Y CONTRABANDO

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DIAN Nº 034040 MAYO 08 DE 2007

Señora
CRISTINA URREA
Bogotá, D. C.

Conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el articulo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.


Consulta sobre la vigencia del artículo 37 de la Ley 863 de 2003 que a la letra dice:

Articulo 37. Recompensas por denuncia de evasión y contrabando. El que denuncie hechos que constituyan inexactitud, aportando pruebas o información concreta que permita liquidar oficialmente los impuestos evadidos y sancionar al infractor, tendrá derecho a una recompensa en dinero equivalente al cincuenta por ciento (50%) de las costas de fiscalización.

CUOTA DE FOMENTO TABACALERO : SUJETO PASIVO DEL PARAFISCAL

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DIAN Nº 031776  ABRIL 27  DE 2007

Doctor
IVAN GOMEZ LÓPEZ
Asesor Jurídico Fondo Nacional del Tabaco
San Gil (Santander)

 

Con el fin de proveer claridad respecto a la determinación del sujeto pasivo del aporte parafiscal o cuota para el Fomento Tabacalero establecida con la ley 534 de 1999, requiere usted pronunciamiento de este Despacho, respecto a la determinación del sujeto pasivo del aporte parafiscal o cuota para el Fomento Tabacalero establecida con la ley 534 de 1999,

Sea lo primero manifestar que esta Oficina es competente para resolver las consultas en sentido general y abstracto que se presenten con respecto a la interpretación y aplicación de las normas relativas a los impuestos del orden nacional a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con las prescripciones del artículo 10° de la Resolución No. 1618 de 2006, en concordancia con el artículo 11° del Decreto 1265 de 1999.

RÉGIMEN TRIBUTARIO ENTIDADES Y SOCIEDADES EXTRANJERAS

Conceptos-Oficios-Dian | Hecho Generador | Servicios | Sociedad Extranjera | Varios | Dian - Renta | Dian - IVA | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 030734 ABRIL 24 DE 2007

Señor
LUIS ROBERTO VALDIVIESO ARAGÓN
Coimsur S.A. de CV


Conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 del 22 de febrero de 2006, este despacho es competente para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la entidad.

En el oficio de la referencia procedente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (radicado 1-2006-028547) solicita se le informe si la prestación del servicio de ingeniería se puede soportar en el Trátado Grupo de los Tres y si una empresa extranjera debe pagar impuestos en Colombia.

CLASIFICACIÓN DE POSICIÓN ARANCELARIA

Conceptos-Oficios-Dian | Aduanas - Aranceles | Varios

 

DIAN Nº 028187 ABRIL 13 DE 2007

 

Señorita
MARGERI AGUDELO CABRERA
Cali – Valle del Cauca

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 en concordancia con el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este Despacho es competente para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen en relación con la interpretación y aplicación de las normas tributarias de orden nacional, presupuesto bajo el cual se da respuesta a sus inquietudes sobre la tarifa a la que se encuentran gravados unos productos por usted indicados y la determinación de su posición arancelaria.

CAUSACIÓN DEL IVA : TABACO ELABORADO DE MANERA ARTESANAL

Conceptos-Oficios-Dian | Causación | Hecho Generador | Varios | Dian - IVA

 

DIAN Nº 026629 ABRIL 09 DE 2007

Señor
CARLOS HUMBERTO VILLA MONTAÑO
Palmira – Valle

TEMA:                                Impuesto sobre las Ventas.
DESCRIPTOR:                 Tabaco elaborado de manera artesanal.
                                           Causación del Gravamen.
FUENTES FORMALES:   Estatuto Tributario, artículo 420
                                           Corte Constitucional, Sentencia C-197 de 1997

SERVICIO CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Conceptos-Oficios-Dian | Aduanas - Aranceles | Varios

 

DIAN N° 025777 ABRIL 03 DE 2007

Señor
CARLOS DE KOLLER
Gerente
Productos Alimenticios Doña Lucha
Sabaneta (Antioquia)


De conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 en concordancia con el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen en relación con la interpretación y aplicación de las normas tributarias de orden nacional, presupuesto bajo el cual se da respuesta a sus inquietudes sobre el tratamiento en materia de impuesto sobre las ventas del producto denominado "arepa".

NORMALIZACIÓN CARTERA PÚBLICA

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DIAN Nº 024994 MARZO 30 DE 2007

Señora
ALBA CECILIA GALLEGO
Contadora
Asociación de Cultivadores de Caña de Azúcar de Colombia - ASOCAÑA
Bogotá

 

Solicita se informe si los Fondos de Estabilización de Precios deben dar aplicación a la Ley 1066 de 2006 que trata de la normalización de cartera pública.

Sobre el particular, la remitimos a! texto del artículo 5° de la Ley 1066 de 2006 que dispone que las entidades públicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios del Estado Colombiano y que en virtud de estas tengan que recaudar rentas o caudales públicos, incluidos los órganos autónomos y entidades con régimen especial otorgado por la Constitución Política, tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivas las obligaciones exigibles a su favor y para estos efectos deberán seguir el procedimiento descrito en el Estatuto Tributario.

ANTICIPOS A PROVEEDORES EXTRANJEROS

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DIAN Nº 023204 MARZO 26 DE 2007

Señor
ANDRES MONTERO
Bogotá D.C.

 

En su comunicación de ta referencia, pregunta si hay algún problema de tipo fiscal por un anticipo hecho a un proveedor extranjero, por la importación de bienes que hasta la fecha de la consulta no habían sido recibidas por la empresa.

De conformidad con el artículo 11° del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10° de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver de manera general las consultas que formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional.

CONTRIBUCIÓN ESPECIAL : CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA

Conceptos-Oficios-Dian | Varios

 

DIAN 014872 FEBRERO 23 DE 2007

Señora
LUCY OMAIRA AGUDELO AVENDAÑO
Medellín

ORGANISMOS INTERNACIONALES

Conceptos-Oficios-Dian | Varios | Dian - Renta

 

DIAN 007644 FEBRERO 02 DE 2007

Señor
LUIS IGNACIO PEÑALOZA MANTILLA
Contador
PROCAUCHO S. A.
Bucaramanga - Santander

INGRESOS OBTENIDOS EN ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES - REGLAS DE PREVALENCIA DE NORMAS

Conceptos-Oficios-Dian | Ingresos | Varios | Dian - Renta

 

DIAN 070056 AGOSTO 18 DE 2006

 

Doctor
JULIO MIGUEL SILVA SALAMANCA
Director de Desarrollo Urbano y Política
Departamento Nacional de Planeación
Bogotá, D. C.

PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES - FUSIÓN DE SOCIEDADES

Conceptos-Oficios-Dian | Patrimonio | Renta Gravable | Valor Patrimonial | valorización - Revalorización | Varios | Dian - Renta

 

DIAN Nº 015282 FEBRERO 20 DE 2006

 

 

En atención a su oficio de la referencia, doy respuesta a sus interrogantes, en el mismo orden en que fueron planteados:

CONVENIOS DE COOPERACIÓN - CONTRATOS DE ASOCIACIÓN - TRATAMIENTO TRIBUTARIO

Conceptos-Oficios-Dian | Agente Retenedor | Agentes Retenedores | Consorcios | Consorcios - Unión Temporal | Contratos de Obra | Hecho Generador | Obligaciones Tributarias | Responsables | Varios | Dian - Renta | Dian - Retención | Dian - IVA | Dian - Retención IVA | Dian - Timbre

 

DIAN Nº 012420 FEBRERO 10 DE 2006

 

Doctora
LEYLA MARCELA SALGUERO PARDO
Directora Financiera
Alcaldía Mayor- Secretaria de Educación 
Bogotá, D.C.

EXCEPCIONES AL MANDAMIENTO DE PAGO - JURISDICCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

Conceptos-Oficios-Dian | Pago Impuestos | Proceso | Varios | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 012337 FEBRERO 10 DE 2006

 

Señor
HERNÁN EUGENIO YASSIN MARÍN
Medellín. Antioquia

EXPORTACIÓN DE FRANQUICIAS - SERVICIOS EXENTOS

Conceptos-Oficios-Dian | Exenciones | Renta Gravable | Servicios | Varios | Dian - Renta | Dian - IVA

 

DIAN Nº 012336 FEBRERO 10 DE 2006 

 

Señora
ELISA VICTORIA GÓMEZ MARTÍNEZ
Profesional Apoyo Administrativo
Centro Integrado para el Desarrollo de la Investigación 

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