Base Retención
PAGOS POR SALUD Y EDUCACIÓN EN EL EXTERIOR - DISMINUCIÓN BASE DE RENTENCIÓN
Enviado por admin el 13 Marzo, 2006 - 2:42pm Conceptos-Oficios-Dian | Base Retención | Ingresos Laborales | Dian - Retención
DIAN 021214 MARZO 13 DE 2006
Sea lo primero manifestar que esta Oficina es competente para resolver las consultas en sentido general y abstracto que se presenten con respecto a la interpretación y aplicación de las normas relativas a los impuestos del orden nacional a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con las prescripciones del artículo de la resolución No. 5457 de 2001, en concordancia con el artículo 11° del Decreto 1265 de 1999.
Requiere usted en su consulta se indique si los pagos por concepto de salud y educación realizados en la República Argentina por un nacional Colombiano en virtud de un contrato de trabajo celebrado en Colombia, pueden ser tenidos en cuenta para disminuir la base de retención en la fuente.
BASE DE RETENCIÒN - PAGOS EN SALUD Y EDUCACIÒN - PAGO DE INDEMNIZACIONES
Enviado por admin el 7 Febrero, 2006 - 2:50pm Conceptos-Oficios-Dian | Base Retención | Ingresos Laborales | Dian - RetenciónDIAN 011044 07 de febrero de 2006
Señor
JESÚS ABELTRAN
Calle 144 A # 42 - 40
Bogotá
Tema : Retención en la fuente
Descriptores: Pagos por salud y educación.
Consulta en su escrito que si el empleado recibió una indemnización por terminación unilateral del contrato correspondiente a 15 años de trabajo, en el año siguiente se debe tener en cuenta este valor para el cálculo de los ingresos laborales para poder deducir los pagos de salud y en segundo lugar si el empleado labora en otra empresa y al año siguiente vuelve a la misma empresa que le pago la indemnización, debe tomar este pago realizado en el año anterior para calcular la base para poder deducir los pagos de salud.
PAGO DE CRÉDITO HIPOTECARIO : DISMINUCIÓN DE BASE DE RETENCIÓN
Enviado por admin el 7 Febrero, 2006 - 10:10am Conceptos-Oficios-Dian | Base Retención | Ingresos Laborales | Dian - Retención
DIAN N° 011045 FEBRERO 07 DE 2006
Señor
LUIS ÁNGEL PEÑA SUAREZ
Bogotá
Manifiesta en su escrito que a partir del año 2002, radicó una cuenta AFC en una entidad bancaria, para así disminuir con sus aportes la base de retención en la fuente y pagar un crédito hipotecario. Ahora que el monto en la cuenta puede pagar el crédito por sí mismo, decidió trasladar los aportes con un peso mayor al fondo privado de pensiones voluntarias. Pero ahora que llega el final del mes, su empleador se niega a efectuar el descuento de la nómina, aludiendo sin justificación el nuevo cálculo de la base de retención.
