Agentes Retenedores

RETENCIÓN EN LA FUENTE : GASTOS DE PERICIA - PERITAZGO JUDICIAL

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DIAN Nº 046843 JUNIO 22 DE 2007

Señor
GUILLERMO ÁLVAREZ REAL
Bogotá, D.C.

TEMA:                                      RETENCIÓN EN LA FUENTE
DESCRIPTOR:                      GASTOS DE LA PERICIA
FUENTES FORMALES:         CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ARTÍCULOS 179 Y 236
                                                ESTATUTO TRIBUTARIO ARTÍCULOS 26, 368, 368-2 Y 392

RETENCIÓN EN LA FUENTE : CAUSACIÓN - ENTIDADES TERRITORIALES - PAGO DE RETENCIONES

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Causación | Declaración | Declaración Tributaria | Obligaciones Tributarias | Dian - Retención | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 042168 JUNIO 5 DE 2007

Doctor
JORGE ELIECER CONSTAIN DORADO
Dirección Regional Sur Occidente
Administración de Impuestos Nacionales
Popayán (Cauca)

TEMA:                        RETENCIÓN EN LA FUENTE.
DESCRIPTORES:     CAUSACIÓN. ENTIDADES TERRITORIALES.

 

Solicita Usted reconsiderar el Concepto No 020696 de 2001 respecto al tema referente al sistema de caja para efectos del pago de las retenciones en la fuente, el cual no es aplicable a los entes territoriales; lo anterior, teniendo en cuenta que los municipios, para efectos de llevar a cabo los pagos deben tener una programación de pagos PAC (Plan anual mensual de caja) y en ocasiones, cuando causan las obligaciones, no existe situación de fondos disponibles para efectuar el pago. Lo anterior, teniendo en cuenta que conforme a lo establecido en la Ley 1066 de 2006 las declaraciones de retención en la fuente deben ser presentadas con pago so pena de darse por no presentadas.

NOTARIOS : RETENCIÓN EN LA FUENTE

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Agentes Retenedores | Obligaciones Tributarias | Dian - Retención | Dian - IVA | Dian - Retención IVA | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 041546 JUNIO 04 DE 2007

Señora
MARÍA CLAUDIA PAVAJEAU URSINA

Directora de Vigilancia
Superintendencia de Notariado y Registro
Bogotá, D.C.


De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, es función de este despacho absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional; presupuesto bajo el cual será atendida la consulta de la referencia donde solicita se le informe si la retención en la fuente, e IVA, que recaudan los Notarios, se considera como una obligación de tracto sucesivo o de ejecución inmediata (sic).

RETENCIÓN EN LA FUENTE EN CONTRATOS DE FIDUCIA

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Causación | Dian - Retención

 

DIAN Nº 037211 MAYO 18 DE 2007

Señor
CARLOS FELIPE AROCA LARA
Bogotá D.C.

TEMA:                       RETENCION EN LA FUENTE
DESCRIPTORES:   RETENCIÓN EN LA FUENTE EN CONTRATOS DE FIDUCIA.

 

Luego de transcribir algunos apartes de varios conceptos entre los que señala: 00687 de enero 12 de 1992; 68070 de agosto 31 de 1998, 25103 de 1999; 104173 de 25 de octubre de 2000; 15724 de febrero 28 de 2001; 98639 de noviembre 09 de 2001; 24373 de 24 de abril de 2002; 070157 de octubre 14 de 2004; 76342 de 08 de noviembre de 2004; 90998 de diciembre 29 de 2004; 75987 de 16 de octubre de 2005 y 3580 de 12 de enero de 2006, aduce que se han dado variaciones doctrinales en ellos, sin especificar en forma clara y exacta cuáles son ellas. Solicita proferir un concepto que unifique la doctrina en materia de fiducia mercantil y encargo fiduciario, en el sentido de especificar que la retención en la fuente procede en los eventos en que el pago o abono en cuenta constituya costo o gasto del patrimonio autónomo o cuando estén autorizadas por el fideicomitente para efectuar el pago o abono en cuenta.

NO SUJETOS DE RETENCIÓN EN LA FUENTE

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Rendimientos | Dian - Retención

 

DIAN Nº 023410 MARZO 26 DE 2007

Doctor
EDUARDO LIÑAN PANA
Alcaldía
Maicao (Guajira)     


TEMA:                                 RETENCIÓN EN LA FUENTE.
DESCRIPTOR:                  PAGOS NO SUJETOS A RETENCIÓN
FUENTES FORMALES:     LITERAL b), NUMERAL 1° DEL ARTÍCULO 369
                                             ESTATUTO TRIBUTARIO,
                                             DECRETO 4400 DE 2005,
                                             DECRETO 1088 de 2003,

ORGANISMOS DE LA RAMA JUDICIAL : OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Agentes Retenedores | I. Patrimonio | Impuesto Patrimonio | Obligaciones Tributarias | Responsables | Dian - Renta | Dian - Retención | Dian - IVA | Dian - Retención IVA | Dian - Timbre | Dian - Procedimiento

 

DIAN 014746 FEBRERO 23 DE 2007

Señor
SILVIO ALFONSO LADINO TORRES
Bogotá, D. C.

 

Conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 del 22 de febrero de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias cuyos impuestos administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Mediante el escrito de la referencia consulta usted sobre las obligaciones tributarias de los organismos de la rama judicial, como son: el Consejo Superior de la Judicatura, la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado.

CONSORCIOS - UNIONES TEMPORALES: SOLICITUD DEL NIT

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Consorcios - Unión Temporal | RUT | Dian - Renta | Dian - Retención | Dian - Procedimiento

DIAN 099903 NOVIEMBRE 17 DE 2006

Doctora
IVONNE EDITH GALLARDO GÓMEZ
Subdirectora Jurídica
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Bogotá D.C.

Mediante el escrito de la referencia y tras explicar un caso particular que motiva la consulta, solicita a este Despacho se conceptúe sí los consorcios y las uniones temporales necesariamente tiene que solicitar la expedición del Número de Identificación Tributaria "NIT ante la Administración Tributaria; o si, ante la posibilidad de que, conforme lo prevé el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997 sean sus miembros los que facturen por la prestación de servicios por parte de consorcios o uniones temporales, si así se opta podría omitirse la solicitud de su expedición.

CONSORCIOS - UNIONES TEMPORALES: NIT - RETENCIÓN EN LA FUENTE

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Consorcios - Unión Temporal | Contribuyentes | RUT | Dian - Renta | Dian - Retención | Dian - Procedimiento

 

DIAN  N° 099903 Noviembre 27 de 2006  
 

Doctora
IVONNE EDITH GALLARDO GOMEZ
Subdirectora Jurídica
Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Bogotá D.C.

Mediante el escrito de la referencia y tras explicar un caso particular que motiva la consulta, solicita a este Despacho se conceptúe si los consorcios y las uniones temporales necesariamente tiene que solicitar la expedición del Número de Identificación Tributaria "NIT" ante la Administración Tributaria; o si, ante la posibilidad de que, conforme lo prevé el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997 sean sus miembros los que facturen por la prestación de servicios por parte de consorcios o uniones temporales, si así se opta podría omitirse la solicitud de su expedición.

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES - TRATAMIENTO TRIBUTARIO

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Consorcios - Unión Temporal | Contribuyentes | Obligaciones Tributarias | Responsables | RUT | Servicios | Dian - Renta | Dian - Retención | Dian - Procedimiento

Oficio N° 099903
27-11-2006
DIAN

Doctora
IVONNE EDITH GALLARDO GOMEZ
Subdirectora Jurídica Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Carrera 8 Nº 6 - 64 Piso 3°
Bogotá D.C.

Mediante el escrito de la referencia y tras explicar un caso particular que motiva la consulta, solicita a este Despacho se conceptúe si los consorcios y las uniones temporales necesariamente tiene que solicitar la expedición del Número de Identificación Tributaria "NIT" ante la Administración Tributaria; o si, ante la posibilidad de que, conforme lo prevé el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997 sean sus miembros los que facturen por la prestación de servicios por parte de consorcios o uniones temporales, si así se opta podría omitirse la solicitud de su expedición.

AGENTES DE RETENCIÓN

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Agentes Retenedores | Dian - Retención | Dian - Retención IVA

 

DIAN N° 094818  Noviembre 8 de 2006

Doctora
GISEL ROJAS
Representante Legal Suplente
Escuela Empresarial
Bogotá, D.C.


Damos respuesta a su consulta de la referencia, en la cual plantea diversas inquietudes contables y tributarias relacionadas con un contrato de que le fue adjudicado a su representada por el Ministerio de Agricultura por medio del Programa de Apoyo a la Microempresa Rural PADEMER.


Ante todo, es necesario advertir que la competencia conceptual de esta dependencia, radica en la interpretación general y abstracta de las normas tributarias, cuando su texto no sea lo suficientemente claro. Conforme con lo anterior, no es factible resolver cuestionamientos que impliquen la solución a un caso particular y en este sentido procedemos a dar respuesta en sentido general, correspondiendo al interesado analizar la adecuación al caso concreto.

DECLARACIÓN RETENCIÓN EN LA FUENTE - PRESENTACIÓN MENSUAL

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Declaración Tributaria | Dian - Retención | Dian - Procedimiento

DIAN 090592 Octubre 20 de 2006

 

Señores
LUIS FERNANDO CLAVIJO CLAVIJO
Alcalde Municipal
MEDARDO ANTONIO TREJOS
Presidente Asocumunal
FRANCISCO JAVIER JARAMILLO A.
Coordinador de Juntas Comunales
Palacio Municipal Anserma -Caldas-

 

En los escritos de la referencia solicitan se analice la posibilidad para que las juntas comunales presenten una sola declaración de retención en la fuente por cada año, por cuanto la presentación de una declaración por mes para esa entidades que no manejan recursos y en consecuencia no practican retenciones en la fuente, resulta muy onerosa en razón del costo del formulario oficial y los gastos de traslado al lugar de presentación por parte del obligado; recursos con los cuales, según indican, no cuentan esas entidades.

AUTORRETENEDOR - REQUISITOS DE CALIFICACIÓN

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Dian - Retención

CONCEPTO DIAN 084245 SEPTIEMBRE 29 DE 2006

 

Señora
LUZ STELLA MURGAS MAYA
Calle 10 No 10-47
Santiago de Cali - Valle.

 

TEMA                                          Retención en la fuente
DESCRIPTORES                                 AGENTES DE RETENCIÓN
FUENTES FORMALES
                  Estatuto Tributario, artículo 368-2
                                               Resolución 04074 del 25 de mayo de 2005

INGRESOS DE FUENTE NACIONAL - AGENTES DE RETENCIÓN

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Ingresos | Dian - Renta | Dian - Retención

DIAN 083021 SEPTIEMBRE 26 DE 2006

 

Doctora
BLANCA DEICY ZAMORA RESTREPO
Subdirectora de Gestión y Asistencia al Cliente
Bogotá, D. C.

 

Mediante radicado de la referencia plantea usted el siguiente supuesto: Una sociedad extranjera A, con domicilio principal en el exterior, presta servicios en telecomunicaciones a la filial colombiana de otra sociedad extranjera B, a través de su filial en Colombia. Sobre este supuesto, consulta si es viable que el pago por el servicio prestado lo realice la matriz norteamericana B a la matriz norteamericana A en el exterior y en dólares.

Al respecto, atentamente le aclaro que, de acuerdo con el artículo 24 del Estatuto Tributario, se consideran ingresos de fuente nacional los provenientes de la explotación de bienes materiales e inmateriales dentro del país y la prestación de servicios dentro de su territorio, de manera permanente o transitoria, con o sin establecimiento propio.

IVA FACTURACIÓN - RENTA INGRESOS GRAVADOS - AGENTE RETENEDOR

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Facturación | Ingresos | Dian - Renta | Dian - Retención | Dian - IVA

DIAN 083062 SEPTIEMBRE 26 DE 2006

 

Doctora
OLGA ROCIO GIL QUINTERO
Subsecretaría de Hacienda - Subsecretaría Financiera
Alcaldía de Medellín
Medellín (Antioquia)

Mediante radicado de la referencia fue remitida por la División Jurídica de la Administración de Medellín la consulta No. 16457 de mayo 12 de 2006, acerca del tratamiento tributario de los contratos de concesión.

Al respecto, atentamente le informo que este despacho se pronunció sobre el tema mediante Oficio No. 048556 de 2005 (julio 19), copia del cual se envía para su conocimiento.

En relación con la obligación de facturar, el Artículo 615 del Estatuto Tributario establece que quien sea responsable de la venta o de la prestación de servicios está obligado a cumplir con el deber formal de facturar, es decir, expedir factura o documento equivalente con el lleno de los requisitos legales consagrados en el artículo 617 ibidem. Asimismo; con respecto al IVA es responsable quien de conformidad con los términos del contrato efectivamente preste el servicio, lo que conlleva el cumplimiento de todas las obligaciones inherentes a esta condición.

REQUISITOS DE GASTOS EN EL EXTERIOR - OBLIGACIONES DEL AGENTE RETENEDOR

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Deducciones | Facturación | Dian - Retención | Dian - IVA

DIAN 083060 SEPTIEMBRE 26 DE 2006

 

Señor

LUIS CAMILO TORRES M.
Contador Público

Bogotá D.C.

 

Damos respuesta a su consulta de la referencia, en la cual pregunta si en los servicios de asistencia técnica prestados desde el exterior se puede practicar retención en la fuente por renta remesas, sin haber elaborado contrato, o si se puede obviar la retención al girar al exterior y no solicitar el gasto como deducible en el impuesto sobre la renta.

Respecto a los requisitos que deben cumplir los documentos soporte de los gastos efectuados en el exterior, en el Concepto Nro. 032232 del 8 de abril de 1999, al resolver el problema jurídico Nro. 4 se dijo:

IVA - BOLSA AGROPECUARIA - RETENCIONES

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Agentes Retenedores | Responsables | Servicios | Dian - Retención | Dian - IVA | Dian - Retención IVA

DIAN 065554 AGOSTO 8 DE 2006

 

Señor
HENRY QUICENO BURBANO
Correagro S.A.
Cali

Tema: Impuesto sobre las ventas       
Descriptores: Retención operaciones en la bolsa agropecuaria
Fuentes Formales: Artículos 420, 437-1, 437-2, 615 del E.T.


Solicita en su escrito se le informe:


1-- En el caso de comisiones por concepto de transacciones realizadas en la bolsa agropecuaria según el artículo 393 del Estatuto Tributario, la retención de IVA. debe ser efectuada por la respectiva bolsa?.


2.- ¿Qué pasa cuando una firma comisionista factura comisiones por concepto de transacciones realizadas en la bolsa nacional agropecuaria a una empresa que es gran contribuyente, quién debe realizar la retención de IVA , la bolsa nacional agropecuaria o la empresa a quien se le esta facturando?.

RESPONSABILIDAD DEL AGENTE RETENEDOR - CORRECCIÓN DE DECLARACIÓN DE RETENCIÓN

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Declaración | Declaraciones Corrección | Deudor Solidario | Obligaciones Tributarias | Sanciones | Dian - Retención | Dian - Procedimiento

 

DIAN N°  047038 JUNIO 05 DE 2006 

En el escrito de la referencia plantea usted varias inquietudes relacionadas con la forma en la que se deben subsanar las inconsistencias que se presenten en las declaraciones de retención en la fuente y sobre la responsabilidad del agente retenedor cuando no realiza las retenciones que está obligado a practicar.

Al respecto me permito manifestarle que de conformidad con el artículo 588 del Estatuto Tributario los agentes de retención tienen la facultad de corregir sus declaraciones tributarias dentro del término de dos (2) años contados a partir del vencimiento del plazo para declarar si el objeto de la corrección es aumentar el impuesto a pagar o disminuir el saldo a favor. La corrección debe presentarse en las entidades bancarias autorizadas para la recepción de las mismas. Y si la corrección es para disminuir el saldo a pagar o aumentar el saldo a favor, deberá elevarse una solicitud a la Administración correspondiente, dentro del año siguiente al vencimiento del plazo para declarar, como lo señala el artículo 589 ibídem. De acuerdo con los procedimientos aludidos y dentro de los términos citados, el agente de retención puede realizar la corrección que sea del caso cuando se establezcan diferencias entre los valores causados y los cancelados.

DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR POR RETENCIONES PRACTICADAS EN EXCESO

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Devoluciones | Devoluciones | Dian - Retención | Dian - Procedimiento


CONCEPTO DIAN 038330 Mayo 12 de 2006

 

Señora
DORANGELA LÓPEZ ARREDONDO
Jefe De Área Administrativa
Hospital Raúl Orejuela Bueno
Palmira


TEMA : IMPUESTO SOBRE LA RENTA
 
 
DESCRIPTORES: DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR POR RETENCIONES PRACTICADAS EN EXCESO



Inquiere usted acerca del reintegro de valores objeto de retención en la fuente por concepto del impuesto sobre la renta cuando esta se ha practicado indebidamente.


Tratándose del servicio de publicidad es necesario traer a colación lo ya referido mediante concepto No. 011792 de 2006, que en su aparte pertinente señaló:

CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES - MENORES DE EDAD E INTERDICTOS

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Certificados | Dian - Retención

CONCEPTO DIAN 029923 Abril 11 de 2006

 

Doctora
DIANA MARGARITA OJEDA VISBAL
Directora General
Fondo de Previsión Social del Congreso
Bogotá, D.C.



Tema: Retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta.
Descriptores: Certificado de Ingresos y Retenciones.
Fuentes Formales: E.T. Artículos 2, 206, 378, 572 y 593 parágrafo 3.

Mediante el escrito de la referencia consulta usted si es válido expedir un certificado de ingresos y retenciones a un sustituto pensiona!, cuando este es menor de edad o interdicto.


Al respecto, atentamente le manifiesto :


El artículo 7° del Estatuto Tributario señala que son sujetos de las obligaciones tributarías las personas naturales. El artículo 74 del Código Civil señala que son personas naturales todos los individuos de la especie humana, sin distingo de color, raza, sexo, origen, profesión, cultura, religión, etc.

OBLIGACIONES DE LOS AGENTES DE RETENCION - INGRESOS DE FUENTE EXTRANJERA - SERVICIOS

Conceptos-Oficios-Dian | Agentes Retenedores | Ingresos Exterior | Servicios | Dian - Retención

 

DIAN N° 026202 MARZO 28 DE 2006 

 

TEMA:                RETENCION 
DESCRIPTOR: OBLIGACIONES DE LOS AGENTES DE RETENCION
 

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