Conceptos-oficios Dian

GMF : CAUSACIÓN Y AGENTE RETENEDOR EN OPERACIONES CAMBIARIAS - RECUPERACIÓN DE SUMAS RETENIDAS INDEBIDAMENTE

Conceptos-Oficios-Dian | Causación | Novedades | Sujetos Pasivos | Dian - 4X1000

DIAN 072060 SEPTIEMBRE 4 DE 2009
 


Doctor:
CARLOS MAURICIO VELASQUEZ BRANDO
Bogotá:
Plantea diferentes interrogantes relacionados con el GMF los cuales se responden en su orden asi:
 
1, ¿ Cuál es el sentido de la ley cuando respecto de las operaciones cambiarias, precisa que el movimiento contable y el abono en cuenta corriente o de ahorros se considera una sola operación hasta el pago al titular de la operación?

Sobre el particular es preciso tener en cuenta que tanto el  inciso 5o del Decreto 449 de 2003 como el parágrafo 2o  del artículo 871 del Estatuto Tributario son coincidentes en indicar que en las operaciones cambiarias, tanto el movimiento contable como el abono en cuenta, se consideran una sola operación, causando el gravamen en cabeza del titular de la operación de cambio.

En este sentido el Honorable Consejo de Estado, mediante la sentencia de 15 de febrero de 2009. MP. Dra Ligia López Díaz. Expediente 15711, al conocer sobre la demanda de nulidad del artículo 3o del Decreto 449 de 2003, aclaró en algunos de sus apartes:

IVA SERVICIO DE DISEÑO DE SISTEMAS DE RIEGO, SU INSTALACIÓN,CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN, ADMINISTRACIÓN,CONSERVACIÓN

Conceptos-Oficios-Dian | Novedades | Servicios | Dian - IVA

DIAN 068505 AGOSTO 24 DE 2009
 
Doctora
DIANA BLANCO GARZÓN
Subgerente Financiera
Segundo-Suplente del Gerente General
FONADE
 


En su consulta de la referencia, con fundamento en el literal b), numeral 12 del artículo 476 del Estatuto Tributario, reitera la pregunta acerca de ¿si el servicio de consultoría para la elaboración del alcance técnico para la contratación de la revisión, complementación y ajustes de diseños de las zonas 1, 2, 3 y 4 de un distrito de riego, puede ser tratado como excluido del IVA?, porque a su juicio el aparte del Concepto Unificado del impuesto sobre las Ventas de 2003 (referente al contrato de consultoría), remitido mediante Oficio No. 032027 del 21 de abril de 2009, no la contesta.

BASE GRAVABLE IMPUESTO AL PATRIMONIO

Conceptos-Oficios-Dian | Base Gravable | I. Patrimonio | Novedades

DIAN 068504 AGOSTO 24 DE 2009


 
Tema                  impuesto al patrimonio
Descriptores         Base gravable;
Fuentes formales  Estatuto Tributario, art. 282
 

Consulta en relación con el diligenciamiento de la "Declaración y Pago del Impuesto al Patrimonio" vigente para los años gravables 2007 a 2010:


- ¿El valor que se debe registrar en los renglones 28 "Total pasivos"   y 31 "Valor patrimonial neto acciones o aportes poseídos en sociedades nacionales" corresponde a las obligaciones y a los derechos que; se tienen a 1° de enero de 2007 o a 31 de diciembre de cada año objeto del impuesto?

ESCISIÓN : NATURALEZA Y EFECTOS JURÍDICOS **

Conceptos-Oficios-Dian | Fusión - Escisión | Dian - Renta

 

DIAN Nº 061757 AGOSTO 13 DE 2007

Señor
FRANCISCO VERGARA GARULLA
Bogotá


Solicita usted se le indique, cuál es la suma que por efecto de la "exención descrita en el artículo 14-2" del Estatuto Tributario ha dejado de percibir el Estado Colombiano desde el 30 de junio de 1992. 

Me permito manifestarle, que el tratamiento impositivo consagrado en el artículo 14-2 citado, en el régimen tributario Colombiano y específicamente por lo dispuesto en el artículo 26 del Estatuto Tributario que prevé el mecanismo de determinación, no corresponde a una exención, en cuanto técnicamente éstas -las exenciones- son factores de depuración de la renta líquida para determinar la renta gravable que es la base del cálculo del impuesto.

DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN ACTIVOS FIJOS REALES PRODUCTIVOS - FIDUCIA - LEASING **

Conceptos-Oficios-Dian | Activos Fijos | Beneficios Tributarios | Deducciones | Leasing | Dian - Renta

 

DIAN Nº 061758 AGOSTO 13 DE 2007

Doctor
FEDERICO RENGIFO VÉLEZ
Presidente Asociación de Fiduciarias Calle
Bogotá D.C.

TEMA:                                 Impuesto sobre la renta y complementarios
DESCRIPTORES:             Deducción por adquisición de activos fijos reales productivos FUENTES FORMALES:     E.T. ART. 158-3, 102 Decreto 1766 de 2004

Solicita reconsideración del concepto 74781 del 2 de noviembre de 2004, según el cual no procede la deducción especial consagrada en el artículo 158-3 del Estatuto Tributario por la adquisición de activos fijos reales productivos, cuando una vez efectuada la inversión los activos objeto de la misma son transferidos por el contribuyente, en virtud de un contrato de fiducia mercantil.

LIQUIDACIÓN DE AFORO : DETERMINACIÓN DE COSTOS PRESUNTOS Y ESTIMADOS **

Conceptos-Oficios-Dian | Liquidación de Aforo | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 061066 AGOSTO 09 DE 2007

Doctora
LUZ MARINA ROJAS MURCIA
Administradora de Impuestos Nacionales
Administración de Impuestos de Armenia

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, esta Oficina es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras, de comercio exterior y de control de cambios en lo de competencia de la Entidad, en este sentido se emite el presente concepto.

TEMA:                                  IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
                                              PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
DESCRIPTORES:              DETERMINACIÓN DE COSTOS ESTIMADOS DETERMINACIÓN
                                             DE COSTOS PRESUNTOS LIQUIDACIÓN DE AFORO
FUENTES FORMALES:     CONSTITUCIÓN POLÍTICA, ART. 95 Nº 9
                                            ESTATUTO TRIBUTARIO, ARTS. 82, 683, 684, 712, 715, 716,
                                             717 ,719

IVA : COMERCIALIZACIÓN DE CABALLOS DE PASO FINO, TROTE Y GALOPE

Conceptos-Oficios-Dian | Base Gravable | Tarifas | Dian - IVA

 

DIAN Nº 061065 AGOSTO 09 DE 2007

Señor
BERNARDO VASQUEZ HERRERA
Presidente Ejecutivo
Federación Nacional Colombiana de Asociaciones Equinas
Bogotá D.C

TEMA:                                     IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
DESCRIPTORES:                   SERVICIOS EXENTOS
FUENTES FORMALES:         ARTÍCULO 420, 424 Y 476 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO.

RENTA LÍQUIDA GRAVABLE POR ACTIVOS OMITIDOS O PASIVOS INEXISTENTES **

Conceptos-Oficios-Dian | Renta Gravable | Sanciones | Dian - Renta | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 061064 AGOSTO 09 DE 2007

Doctora
SUSANA ARENAS PÉREZ
Administradora de Impuestos Barrancabermeja
Barrancabermeja (Santander)

TEMA:                              IMPUESTO SOBRE LA RENTA
DESCRIPTORES:          RENTA LIQUIDA GRAVABLE POR ACTIVOS OMITIDOS O 
                                         PASIVOS INEXISTENTES.
FUENTES FORMALES: ESTATUTO TRIBUTARIO ARTÍCULOS 239-1 Y 649 TRANSITORIO

SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE IVA : MISIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES

Conceptos-Oficios-Dian | Devoluciones | Devoluciones | Dian - IVA | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 060613 AGOSTO 08 DE  2007

Señor
BRIAN RUDERT
Director Del Programa Midas
"USAID"
Centro Comercial Avenida Chile
Bogotá D.C.

Ref:    Consulta radicada bajo el número 64211 de 18/07/2007


En atención a su solicitud de expedir una certificación general de exención del Impuesto sobre las venías con destino al personal extranjero acreditado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Embajada Americana que prestan sus servicios profesionales en la Empresa ARD Inc. Sucursal Colombia en ejecución de los programas, Mas Inversión para el Desarrollo Alternativo Sostenible "MIDAS" y Áreas de Desarrollo Alternativo Municipal "ADAM" que son financiados por la Agencia de los Estados Unidos de América para el Desarrollo Internacional-USAID dentro del Marco de la Cooperación internacional, con fundamento en el artículo IV Literal B del Convenio General para la Ayuda Económica, Técnica y Afín suscrito entre Colombia y los Estados Unidos de América el 23 de julio de 1962 y aprobado por el Consejo de Ministros según Ley 24 de 1959 que se encuentra vigente, me permito manifestarle:

CAUSACIÓN IMPUESTO DE REMESAS - GIRO DE UTILIDADES AÑOS ANTERIORES A 2007

Conceptos-Oficios-Dian | Causación | I. Remesas

 

DIAN Nº 060341 AGOSTO 06 DE 2007

Doctora
NUBIA DAMIÁN P.
Departamento de Impuestos y Análisis Contable
Bogotá D.C.


De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarías de carácter nacional.

En tal sentido se procede a dar respuesta a la consulta sobre la causación del impuesto de remesas a la tarifa del 7%, cuando en el año 2007 la sociedad gira al exterior utilidades retenidas desde 2001 hasta el año 2005 teniendo en cuenta el artículo 13 de la Ley 1111 de 2006 que adicionó un parágrafo al artículo 245 del Estatuto Tributario.

BENEFICIOS APORTES VOLUNTARIOS FONDOS PRIVADOS DE PENSIONES - RETIRO CUENTAS AFC

Conceptos-Oficios-Dian | Asalariados | Beneficios Tributarios | Ingresos | Dian - Renta

 

DIAN Nº 060221 AGOSTO 03 DE 2007

Señor
FRANCISCO PARDO
Bogotá, D. C.


En la comunicación de la referencia consulta sí el artículo 67 de la Ley 11.11 de 2006 se encuentra reglamentado, tema sobre el cual le informo que el Gobierno Nacional mediante los artículos 7° y 8 del Decreto 379 del 12 de febrero de 2007 reglamentó el artículo 67 de la Ley 1111 de 2006.

ARTICULO 7. Adicionase el artículo 1 del Decreto 2005 de 2001, con el siguiente inciso:

"Igualmente, los retiros de las cuentas de ahorro para el fomento de la construcción "AFC" antes de que transcurran cinco (5) años contados a partir de la fecha de su consignado serán considerados ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional para el trabajador, cuando se destinen a la adquisición de vivienda sin financiación, siempre que en este último caso se cumplan las siguientes condiciones:

RUT : NOTIFICACIÓN - RECURSOS **

Conceptos-Oficios-Dian | RUT | RUT | Dian - IVA | Dian - Procedimiento

 

DIAN Nº 059993 AGOSTO 03 DE 2007

Doctor
MIGUEL ÁNGEL MARENTES SARMIENTO
Jefe GIT Gestión y Control de Información
Subdirección de Gestión y Asistencia al Cliente
Dirección General
Bogotá D.C.


TEMA:                     PROCEDIMIENTO
DESCRIPTOR:       RUT- Notificación y Recursos


Pregunta si para efectos de "Cancelación de Asignación de NIT errado" (concepto 07), o de "Reactivación de NIT cancelado" (concepto 08) con el fin de hacer corrección por error cometido en un proceso interno de la entidad, en la plataforma segmento para el RUT, ¿debe efectuarse notificación de ellas?, y de ser así, ¿cuál recurso procede?

RESPONSABLES IVA - PLAN VALLEJO

Conceptos-Oficios-Dian | Responsables | Dian - IVA

 

DIAN Nº 059992 AGOSTO 03 DE 2007

Señor
JOSÉ OMAR AVENDAÑO QUINTERO
Bogotá, D. C.


TEMA:                          IMPUESTO A LAS VENTAS                                                                          
DESCRIPTOR:               RESPONSABLES DEL IMPUESTO A LAS VENTAS
FUENTES FORMALES: ESTATUTO TRIBUTARIO ART 420 Y SS
                                       DECRETO 2685 DE 1999 ARTS. 172 Y SS.
                                       RESOLUCIÓN Nº 1860 DE 1999, INCOMEX,
                                        ART. 10,13 LIT. A) Y 14 PAR.3°

MANDATARIO - DERIVADOS DEL PETRÓLEO IVA IMPLÍCITO DESCONTABLE

Conceptos-Oficios-Dian | Impuesto Descontable | Dian - IVA

 

DIAN Nº 059991 AGOSTO 03 DE 2007

Señor
JOSÉ HERNÁN FLÓREZ PACHÓN
Bogotá D.C.


Tema:                        Procedimiento Tributario
Descriptores:          Mandatario - Derivados del Petróleo IVA implícito descontable
.


Solicita en su escrito se absuelvan algunas inquietudes que surgen con ocasión de un contrato de mandato conferido por estaciones de servicio a una sociedad, en el proceso de distribución de derivados del petróleo a clientes de aquellas dado que no tienen obligación de facturar y los adquirentes responsables del IVA tienen derecho a descontar el IVA implícito en el precio del combustible.

G.M.F. : HECHO GENERADOR - EXENCIONES . TRANSACCIONES FINANCIERAS

Conceptos-Oficios-Dian | Exenciones | Hecho Generador | Dian - 4X1000

 

DIAN Nº 059990 AGOSTO 03 DE 2007


Señor
JORGE ERNESTO ARANGO CAMACHO
Bogotá, D.C

TEMA. GMF


Sea lo primero manifestar que el despacho es competente conforme lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y artículo 10 de la resolución 1216 de 2006, para resolver de manera general las consultas que se formulen por escrito en relación con los impuestos que administra la U.A.E. Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales.

Para fines académicos presenta en su escrito varias inquietudes que se relacionan con el impuesto del Gravamen a los Movimientos Financieros, las cuales serán resueltas en su respectivo orden.

COMPONENTE INFLACIONARIO - INGRESOS POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS - DEDUCCIÓN GASTOS FINANCIEROS **

Conceptos-Oficios-Dian | Deducciones | Ingresos | Dian - Renta

 

DIAN Nº 059867 AGOSTO 03 DE 2007

Señor
JAIME SALCEDO RAMÍREZ
Jefe de Contabilidad
Suprapak S.A.

TEMA:                                  IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
DESCRIPTORES.               COMPONENTE INFLACIONARIO
                                             INGRESOS POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS
                                             DEDUCCIÓN DE GASTOS FINANCIEROS
FUENTES FORMALES:       ESTATUTO TRIBUTARIO, ARTS. 38, 39, 40, 40-1, 41, 81 
                                             Y 118 LEY 1111 DE 2006, ARTS. 68 Y 78

FACTURACIÓN : SERVICIO DE TRANSPORTE

Conceptos-Oficios-Dian | Facturación | Servicios | Dian - IVA

 

DIAN Nº 059594 AGOSTO 02 DE 2007

Señora
ROSALBA MALDONADO M.
Bogotá, D. C.

Tema:                             Facturación
Descriptores:               Servició de transporte
Fuentes Formales:     Estatuto Tributario, artículos 429, 553, 615 y 617
                                        Decretos 1094 y 1165 de 1996.

SANCIONES POR NO EFECTUAR CAMBIO DE RÉGIMEN SIMPLIFICADO A COMÚN - MOMENTO DE EFECTUAR RETENCIÓN **

Conceptos-Oficios-Dian | Causación | Pérdidas | Régimen Simplificado | Sanciones | Dian - Renta | Dian - IVA | Dian - Retención IVA

 

DIAN Nº 058112 JULIO 30 DE 2007

Señor
MARÍA ALICIA SARMIENTO M.
Bogotá D.C


De conformidad con el artículo 11 del decreto 1265 de 1999, y el artículo 10 de la resolución 1618 de 2006, es función de este despacho absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional; en tal sentido se da respuesta a su consulta.

Consulta cuál es la sanción a imponer, por no efectuar el cambio de régimen simplificado al común estando obligado a ello.

El responsable del régimen simplificado pasará a ser responsable del régimen común a partir de la iniciación del periodo inmediatamente siguiente a aquel en el cual deje de cumplir los requisitos para pertenecer al régimen simplificado.

EXENCIONES : CONVENIO GENERAL CON LA COMUNIDAD EUROPEA

Conceptos-Oficios-Dian | Exenciones | Dian - Renta

 

DIAN Nº 057807 JULIO 27 DE 2007

Señor
ALBERTO BOADA RODRÍGUEZ
Director Nacional del Proyecto Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Bogotá D.C.


Con ocasión de la respuesta a la consulta formulada el día el 27 de noviembre de 2006, relacionada con el impuesto de timbre en contratos ejecutados con recursos donados, cuya respuesta fue remitida mediante Oficio No. 108085 del 27 de diciembre de 2006 por la División de Relatoría de la Oficina Jurídica, se remite una nueva solicitud, sobre del tratamiento de las exenciones establecidas a través de Convenios Internacionales suscritos por Colombia.

Al respecto, consulta si es posible aplicar por analogía el Concepto No. 030306 de mayo 20 de 2005 a los Convenios suscritos con la Comunidad Europea, y además si existe algún Convenio general con la Comunidad Europea que contemple la exoneración de impuestos, en especial del impuesto de timbre que pagan los contratistas en desarrollo de la ejecución de los recursos donados, y de ser así, si éste contempla el Convenio de Financiación objeto de consulta.

RENTA EXENCIONES : DONACIONES DE GOBIERNOS EXTRANJEROS - REQUISITOS

Conceptos-Oficios-Dian | Exenciones | Dian - Renta

 

DIAN Nº 057806 JULIO 27 DE 2007

Señora
LUZ ELENA DUQUE ÁLZATE
Medellín, Antioquia

TEMA:                             OTROS TEMAS.
DESCRIPTORES:          EXENCION - DONACIONES DE GOBIERNOS EXTRANJEROS.


Conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

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